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La CIDH solicita al Estado Colombiano la adopción de medidas urgentes a favor de Doris Berrio Palomino y su familia
LMD/OGDDHH Diciembre 1 de 2009
El Observatorio Género Democracia y Derechos Humanos (OGDDHH) y la Liga de Mujeres Desplazadas (LMD), celebran que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) haya solicitado la adopción de medidas urgentes al Estado Colombiano a favor de la SRA. DORIS BERRIO PALOMINO y su familia. Doris fue la representante legal de la Liga de Mujeres Desplazadas desde su fundación en 1999 hasta 2005 y, en Agosto 31 de 2009, su hijo JAIR PANTOJA BERRIO fue asesinado. La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En el artículo 25 del Reglamento de la CIDH se establece "que en casos de gravedad y urgencia, y toda vez que resulte necesario de acuerdo a la información disponible, la CIDH podrá, a iniciativa propia o a petición de parte, solicitar al Estado concernido la adopción de medidas cautelares para evitar daños irreparables a las personas". En este sentido, la directora del OGDDHH y fundadora de la LMD, junto con el apoyo del Fondo Global para las Mujeres, solicitó comedidamente ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos " medidas cautelares" para la Liga de Mujeres Desplazadas en Colombia. Allí se justificó y se expusieron las razones y argumentos que fundamentan por qué se solicittaron las medidas; asimismo, se mostraron los antecedentes y los hechos coyunturales que han trastocado y menoscabado el derecho a la vida, a la integridad personal, a la protección judicial y a la asociación.
Varios portales de noticias han publicado al respecto:
OEA concedió 'medidas cautelares' a tres miembros de Codhes por 'chuzadas'
La CIDH otorga medidas de protección a dos organizaciones colombianas
A continuación Referencia a la solicitud de medidas cautelares:
ORGANIZACIÔN DE LOS ESTADOS AMERICANOS WASHINGTON, D.C. 2 0 0 0 6 E E U U
18 de noviembre de 2009 REF: Liga de Mujeres Desplazadas - Cartagena M C-319-09 Colombia
Estimados señores:
Tengo el agrado de dirigirme a ustedes en nombre de la Comisión lnteramericana de Derechos Humanos (CIDH), a fin de hacer referencia a su solicitud de medidas cautelares a favor de Doris Berrio Palomino y su familia en Colombia. En esta oportunidad cumplo con informarles que en el dia de la fecha, la CIDH se dirigió al Estado en virtud del artículo 25 de su Reglamento, a fin de solicitar la adopción de medidas urgentes a favor de las personas arriba mencionadas. Concretamente, la Comisión solicitó al Gobierno de:
1. Adopte las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad física de Doris Berrio Palomino y su familia; 2. Concierte las medidas a adoptarse con las beneficiarias y sus representantes; e 3. Informe sobre las acciones adoptadas a fin de esclarecer judicialmente los hechas que justifican la adopción de medidas cautelares.
Asimismo, se solicitó la presentación de información sobre el cumplimiento con las medidas cautelares adoptadas, dentro del plazo de 20 días y actualizar dicha información en forma periôdica. Oídas las observaciones de las partes, la CIDH decidirá si resulta procedente prolongarlas o levantarlas.
Aprovecho la oportunidad para saludar a ustedes muy atentamente,
Santiago A. Canton Secretario Ejecutivo
Ana Luz Ortega Vâsquez y Patricia Guerrero . Getsemanr, Celle dal Esprritu Santo N° 29 Cartagena, Colombia Fax: 57 5 6600125 Email: info@ligademujeres.org
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